Donaciones

Abuso de mandato expreso para disponer de bienes inmuebles

Donaciones

El caso trata de un conflicto familiar que nace porque un padre dio a uno de sus hijos un poder general con facultades muy extensas. Entre otras cosas, ese poder permitía «hacer y aceptar donaciones», y además decía que debía interpretarse de forma amplia, incluso en situaciones de posible conflicto de intereses y autocontratación.

Aprovechando ese poder, el hijo apoderado firmó una escritura de donación de 19 inmuebles a favor de él mismo y de sus hermanos, a partes iguales y con dispensa de colación, sin contar con el padre. En la escritura se incluyó una condición suspensiva, la donación no sería eficaz hasta que falleciera el padre. Aun así, los inmuebles quedaron inscritos en el Registro de la Propiedad a nombre de los hijos como donatarios.

Todo ocurrió en un momento de tensión, el padre había anunciado que quería casarse con una mujer que trabajaba en su casa desde que enviudó y, además, un año antes había hecho testamento dejando a esa mujer una vivienda, nombrando herederos a sus hijos para el resto. Los hijos se opusieron al matrimonio. Años después, el padre se enteró de las donaciones.

Cuando lo supo (a través de su abogado), el padre dejó constancia ante notario de que no estaba de acuerdo y de que no lo había consentido, revocó los poderes y demandó pidiendo la nulidad de las donaciones y la cancelación de las inscripciones. En primera instancia no le dieron la razón, pero la Audiencia Provincial sí, declaró nula la donación, ordenó cancelar lo inscrito y reintegrar frutos.

Finalmente, el Tribunal Supremo (TS) confirma esa decisión, aunque el poder fuera formalmente suficiente para donar, eso no impide apreciar abuso si se usa contra la voluntad real del padre, en beneficio propio (aquí, el apoderado y sus hermanos) y sin autorización, consentimiento ni ratificación. Concluye que se eludió la voluntad del padre y se le dejó sin capacidad real de disponer de sus inmuebles.

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DÑA.

DÑA. ANGELES CHOVA PUIG

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